Precios de Transferencia en Ecuador

La Comisión de Publicaciones y Guías Tributarias les trae información fundamental sobre la normativa vigente y lo dispuesto en la Circular NAC-DGECCGC26-00000001, emitida el 25 de marzo de 2026.

Es vital que como profesionales nos mantengamos al tanto de la postura del SRI frente a las directrices internacionales.

En este aporte encontrarás:

  • Principio de Plena Competencia: Según la LRTI (Art. 15), las transacciones entre partes relacionadas deben realizarse en condiciones similares a las de partes independientes.
  • Pilar Uno – Importe B (OCDE): Aunque busca simplificar la comercialización y distribución, el SRI aclara que en Ecuador no tiene fuerza vinculante al no existir un acto normativo que lo disponga.
  • Cumplimiento Obligatorio: Los contribuyentes deben aplicar los métodos tradicionales de comparabilidad previstos en la LRTI y su Reglamento.
  • Conclusión: El régimen ecuatoriano se mantiene alineado al principio de plena competencia y a las directrices de la OCDE, pero sin adoptar aún los esquemas simplificados del Importe B.
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Aporte de CPA Paola Torres

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